¿QUÉ IMPUESTOS SE PAGAN AL HEREDAR UNA VIVIENDA?

¿Cuáles son los impuestos que tengo que pagar al vender una vivienda que he heredado? Esta, es una de las preguntas más comunes una vez recibida la herencia.
Estos impuestos, los podemos dividir en dos:
Impuestos de la herencia.
IMPUESTO DE SUCESIONES: Es un impuesto que deben pagar las personas que han heredado una vivienda. La cantidad a pagar depende del valor del bien heredado y de la comunidad autónoma.
Los herederos son los que tienen que pagar este impuesto a no ser que renuncien la herencia.
Este impuesto varía también en función del grado de parentesco.
En Andalucía, para cónyuges y parientes directos, se aplica una bonificación del 99% en la cuota tributaria para los grupos I y II, que incluyen a descendientes (hijos, nietos), ascendientes (padres, abuelos) y cónyuges.
¿Y los demás herederos? Los que no pertenecen a los grupos I y II como hermanos, sobrinos, tíos o personas sin parentesco directo, no se benefician de estas bonificaciones. En estos casos, se calcula según tipo de parentesco entre el 7,65% y el 34%.
PLUSVALÍA MUNICIPAL: Es un impuesto que se debe pagar al transferir la propiedad de un inmueble. Este impuesto, se abona en el ayuntamiento correspondiente.
Si hablamos de la plusvalía por herencia de fallecimiento, se refiere al incremento de valor del inmueble, que ha tenido lugar desde su adquisición hasta el fallecimiento del propietario.
El plazo para pagar este impuesto es de seis meses desde el fallecimiento, con una posible extensión de seis meses más si se solicita.
Impuestos que se pagan al vender una casa heredada.
IRPF: Cuando se vende un inmueble heredado, este impuesto también puede afectar, ya que la venta puede generar una ganancia patrimonial.
La ganancia se puede calcular como la diferencia entre el valor de la venta menos gastos y el valor de adquisición más gastos.
La ganancia patrimonial tributa de manera progresiva:
PLUSVALÍA MUNICIPAL AL VENDER UNA CASA: Ahora abonaremos lo que es el concepto de plusvalía municipal inter vivos.
Cuando es una vivienda heredada, se debe pagar dos veces la plusvalía municipal, una vez al heredar el inmueble y otra al venderlo.
Para disminuir el impacto fiscal, se puede asignar un valor más alto al inmueble al heredarlo.
IBI: Es un impuesto gestionado por el ayuntamiento. El IBI debe ser abonado también el año que se lleve a cabo la venta de la propiedad.
El IBI corresponde al propietario titular el 1 de enero. Los herederos deben asegurarse de que el IBI esté al corriente a la hora de poner la vivienda en venta.
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